En el DOUE L 299 de 17 de octubre de 2014, se han publicado dos nuevos reglamentos que modifican la lista de aditivos alimentarios autorizados en la Unión Europea:

 

  • Reglamento (UE) Nº 1093/2014 de la Comisión, de 16 de octubre de 2014, por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) Nº 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al uso de determinados colorantes en queso curado aromatizado.

En el momento de transferir los colorantes E 120, E 141, E 160b i E 160c, al anexo II del Reglamento (CE) Nº 1333/2008, ciertos usos no quedaron incluidos por falta de datos respecto de la necesidad tecnológica del uso de los mismos. Este es el caso de los quesos de pesto verde o rojo, el queso con wasabi o el queso veteado verde con hierbas. Con esta disposición se corrige este desfase por lo que se pueden seguir usando los colorantes en este tipo de productos.
Por otro lado y, ya que estos quesos representan un pequeño volumen de todo el mercado, no se espera que la ampliación del uso de estos colorantes incida significativamente en la exposición total.

  • Reglamento (UE) Nº 1092/2014 de la Comisión, de 16 de octubre de 2014, por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) nº 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al uso de edulcorantes en determinados productos para untar a base de frutas u hortalizas.

El anexo II del Reglamento (CE) Nº 1333/2008 autoriza el uso de los edulcorantes aspartamo (E 951), neotamo (E 961) y sal de aspartamo y acesulfamo (E 962) en confituras, jaleas y mermeladas de valor energético reducido, así como en otros productos para untar similares a base de frutas, como los productos para untar a base de frutos secos, de valor energético reducido o sin azúcar añadido.
La ampliación de uso aprobada, permitirá que todos los demás productos para untar similares a base de frutas u hortalizas, de valor energético reducido, puedan contener estos edulcorantes de manera semejante a las confituras, jaleas y mermeladas de valor energético reducido. Estos productos se usan como alternativa a las confituras, jaleas y mermeladas, así pues, el uso de edulcorantes no supondrá una exposición adicional del consumidor.

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